Requisitos de seguro
En obras públicas, la compensación de trabajadores es obligatoria y usted debe certificarla por escrito antes de empezar. Los límites de responsabilidad civil y de automóvil vienen del contrato de la entidad adjudicadora. La ley también limita lo que deben cubrir los endosos de asegurado adicional y lo que deben informar los programas de seguro consolidado (wrap-up).
Primero, la compensación de trabajadores
Todo empleador en California, excepto el estado, debe asegurar la compensación de trabajadores (workers' compensation) de una de dos formas principales: comprar un seguro de una compañía autorizada en California, u obtener del Director de Relaciones Industriales un certificado de autorización para autoasegurarse (Código Laboral §3700).
Las obras públicas agregan dos pasos. Primero, la entidad adjudicadora debe incluir en cada contrato de obras públicas una cláusula que diga que el contratista asegurará la compensación de sus empleados (Código Laboral §1860). Segundo, cada contratista que gane un contrato de obras públicas debe firmar y presentar una certificación ante la entidad adjudicadora antes de hacer el trabajo (§1861).
Memorice
Código Laboral §1861: antes de empezar el trabajo, el contratista firma y presenta una declaración de que sabe que el Código Laboral §3700 exige seguro de compensación de trabajadores o autoseguro, y de que cumplirá antes de comenzar la obra.
La compensación de trabajadores también forma parte del registro ante el DIR. Para registrarse en obras públicas, debe demostrar cobertura para cada trabajador que hará trabajo con salario prevaleciente. Se acepta como prueba un certificado vigente de seguro de compensación de trabajadores o una certificación de autoseguro (Código Laboral §1725.5(a)(2)(A)). Sin cobertura no hay registro, y sin registro no puede licitar. Un subcontratista que se registra por separado debe demostrar su propia cobertura para sus propios trabajadores.
Qué pasa si no tiene cobertura
- Su licencia de CSLB se suspende automáticamente en la fecha en que vence la cobertura de compensación de trabajadores requerida (Código B&P §7125.2).
- El DIR emite una orden de alto que prohíbe usar mano de obra de empleados hasta que usted cumpla. Entra en vigor en cuanto se entrega (Código Laboral §3710.1).
- A los empleados afectados por la orden de alto se les debe pagar el tiempo perdido, hasta 10 días (§3710.1).
- Puede impugnar la orden de alto pidiendo una audiencia por escrito dentro de 20 días. La audiencia se realiza dentro de 5 días después de presentar la solicitud (§3710.1).
Trampa del examen
La certificación del §1861 se presenta antes de hacer el trabajo, no al momento de licitar ni al final de la obra. No la confunda con la fianza de pago, que también se entrega antes de empezar, pero es una fianza, no un seguro.
Seguro de responsabilidad civil y de automóvil
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